Septiembre 1, 2010 -· Breve cronología del caso Franklin Brito y la posición del Ejecutivo Nacional(Noticias Nacionales)
Isea: “Ni el Sr. Brito ni su familia nunca quisieron entrar en razón”(Noticias Nacionales)
El Estado venezolano en ninguna forma violó o conculcó los derechos civiles, sociales y económicos de Franklin Brito / A continuación el comunicado....
Hemos aguardado a que se celebrara el acto velatorio y de inhumación de los restos del ciudadano Franklin Brito, respetando el dolor de su familia a quien expresamos nuestro auténtico pesar,
para reiterar la posición oficial respecto a este lamentable caso. En tal sentido ratificamos que:
1. El ciudadano Franklin Brito nunca fue objeto de medida alguna de
expropiación o rescate de tierras por parte del Estado y tampoco fue
objeto de invasiones por parte de terceros. La verdad es que:
• En el año 1999 el señor Franklin Brito recibió del Gobierno
Bolivariano la titularidad de 290,20 hectáreas de tierras productivas,
correspondientes al fundo La Iguaraya, ubicado en el sector La
Tigrera, municipio Sucre del estado Bolívar. El mecanismo
empleado, claramente previsto en la ley vigente para aquel
momento, consistió en el otorgamiento del correspondiente título
definitivo individual oneroso, libre de gravamen, sobre el
mencionado lote.
• En marzo del 2003, el ciudadano Franklin Brito denunció el
solapamiento de tierras en el otorgamiento de dos (02) cartas
agrarias por parte del Instituto Nacional de Tierras. Efectivamente
este instrumento agrario fue otorgado a sus vecinos de lindero: Es
necesario destacar que los mismos eran ocupantes previos a la
asignación que le hizo el Gobierno Bolivariano al ciudadano Franklin
Brito.
2. El ciudadano Franklin Brito recibió en todo momento respuestas
oportunas, tanto en las instancias administrativas como en las
instancias judiciales:
• En noviembre del año 2003, atendiendo la denuncia del ciudadano
Franklin Brito, se realizó la verificación de linderos por parte del
Instituto Nacional de Tierras (INTi), seccional estado Bolívar,
corroborando que de ninguna manera había solapamiento entre la
superficie otorgada al ciudadano Franklin Brito y la que
correspondiera a las cartas agrarias otorgadas según el numeral
anterior.
• En el año 2005, el Instituto Nacional de Tierras (INTi) ratifica la
propiedad privada del fundo La Iguaraya a favor del ciudadano
Franklin Brito, otorgándole el correspondiente Registro Agrario -
certificación de registro de los fundos que formaliza su inscripción
ante el INTi - y verificando nuevamente que no existe solapamiento
alguno entre el título de propiedad invocado por el señor Brito y las
Cartas Agrarias concedidas por el INTi.
• Durante el año 2006, el ciudadano Franklin Brito acudió a las
instancias judiciales, interponiendo acción de Amparo Constitucional
por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil, Agrario y Tránsito de Ciudad Bolívar, declarada
inadmisible, y su correspondiente alzada en el Juzgado Superior
Quinto Agrario del Estado Monagas (año 2006) la cual también fue
declarada inadmisible.
• En Diciembre del 2006, mediante nuevas inspecciones técnicas,
se confirma que «no existe el solapamiento mencionado por
Franklin Brito», circunstancia que se hizo constar en la inspección
judicial practicada por el Juzgado del Municipio Sucre,
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Primer Circuito.
• En marzo de 2007, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia, conoce en última instancia de la acción ejercida por el
señor Brito, señalando en dicha oportunidad que no existían los
elementos alegados por el ciudadano Franklin Brito en cuanto al
solapamiento de las tierras y la violación a su propiedad.
• En agosto del año 2009, el INTi por razones humanitarias revocó
las cartas agrarias otorgadas en parcelas colindantes con la del
señor Brito, efectuando nuevamente la revisión de linderos, en
perjuicio de sus vecinos que eran ocupantes previos a él.
• El ciudadano Franklin Brito tuvo, en cumplimiento de la ley, todo el
apoyo de las instituciones agrarias del Gobierno Bolivariano para
realizar su actividad productiva, expresado en el otorgamiento de
créditos, maquinaria, saneamiento de tierras, entre otros.
El Estado venezolano en ninguna forma violó o conculcó los
derechos civiles, sociales y económicos que, constitucionalmente,
asistían al ciudadano Franklin Brito. Antes bien, garantizó que dicho
ciudadano ejerciera libremente estos derechos, incluso en perjuicio
de otros particulares.
A pesar de ello, el ciudadano Franklin Brito optó por la medida
extrema de la huelga de hambre y la autoflagelación como
mecanismos de presión para lograr la satisfacción de una demanda
que no tenía asidero en la realidad.
En Enero de 2010, ante la verificación médica del grave estado de
salud en que se encontraba el ciudadano Franklin Brito en la puerta
de la sede local de la OEA, donde fue abandonado por los
dirigentes de la oposición que montaron el espectáculo de
diciembre de 2009 en la referida institución, la Fiscalía General de
la República solicitó ante un Juez una medida de internado médico
para salvaguardar la vida del referido ciudadano, tal como está
obligado el Estado por la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
El primer internado hospitalario estuvo a cargo de la Cruz Roja, en
una clínica privada, y posteriormente bajo responsabilidad del
gobierno nacional en el Hospital Militar de Caracas, bajo la
supervisión de la Cruz Roja Venezolana, única organización que
acompañó al Estado Venezolano en el afán de garantizar la vida del
ciudadano Franklin Brito.
En todo caso, se le brindó asistencia médica y humanitaria, tal como lo expresó el Secretario General de la Cruz Roja Venezolana, Hernán Bongioanni: "La práctica desde el punto de vista médico de los galenos del Hospital Militar, como de la Cruz Roja tenia un sólo fin, salvaguardar la integridad física y la salud del señor Franklin Brito. Siempre luchamos por eso, siempre con respeto a la voluntad del señor Franklin Brito."
Lamentablemente el deterioro de la salud era irreversible y se produjo el desenlace fatal. Comprendemos el dolor y la ira de la familia y amigos auténticos del señor Brito. A ellos y ellas les expresamos: Si el gobierno Bolivariano hubiese cometido un error, no hubiésemos dudado en rectificar, incluso si se hubiese tratado de una medida ajustada a derecho, la hubiésemos flexibilizado para garantizar el supremo derecho a la vida. Lamentablemente no pudimos responder ante una violación de derechos que era inexistente.
Ahora bien, estamos obligados a rechazar el fariseismo de la canalla mediática, de la oposición electorera, de las autoridades de la Iglesia católica, que alentaron la decisión extrema del Sr. Brito con el único fin de lograr un muerto para sus sucias banderas.
No tienen ellos ni ellas la valentía para hacer sacrificio propio, sino que se aprovechan de la tragedia de un ser humano y su familia para intentar ganar votos y desestabilizar a un gobierno legítimo y democrático. Ninguno de ellos y ellas, que hoy lloran hipócritamente ante las cámaras de televisión bien dispuestas para el espectáculo macabro, hicieron nada para salvarle la vida. Al contrario como aves carroñeras deseaban y esperaron su muerte.
El pueblo Venezolano sabrá imponer su esperanza y su alegría sobre los que quieren llenar a la Patria de muerte, odio y desaliento.
El sabio pueblo Venezolano, que tantos mártires tiene en su lucha por encontrar el camino revolucionario que hoy transita, sabe dónde está la verdad.
Caracas, 1 de septiembre de 2010
Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela
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